OUTSOURCING CON LA NUEVA REFORMA “POSITIVA”
- Caro Interian

- 14 abr 2021
- 3 Min. de lectura

El 12 de noviembre de 2020, Andrés Manuel López Obrador anunció que eliminaría la subcontratación mediante una iniciativa que reformaba distintas leyes.
De entonces a la fecha, ha habido negociaciones entre algunos sectores de la iniciativa privada, líderes obreros y autoridades para llegar a una conclusión al respecto.
La subcontratación, definida superficialmente, es un esquema mediante el cual una empresa contrata a otra organización para que le proporcione personal con el fin de realizar una tarea; de ese modo, es posible reducir costos y superar obstáculos en la realización de las actividades productivas.
En México, la subcontratación está regulada y reconocida desde hace varios años: el 20 de noviembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a la Ley Federal del Trabajo que incluía al outsourcing.
Posteriormente, el 30 de noviembre de 2016, quedó consignada en el DOF la Reforma Fiscal de 2017, la cual incluyó modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) para fiscalizar adecuadamente la tercerización.
Anteriormente se pensaba, de acuerdo con las autoridades, que al acabar con el outsourcing se pueden erradicar una serie de comportamientos nocivos en los que ciertas empresas han caído: la evasión fiscal, la facturación falsa y el daño a los derechos de los trabajadores al eludir o disminuir el pago de sus aportaciones al Seguro Social y al INFONAVIT.
Este modelo lleva muchos años de operar. El outsourcing fue estudiado por el economista y ganador del Premio Nobel británico Ronald Coase, quien caracterizó a la tercerización como un elemento necesario en la organización de los negocios, sobre todo, en un contexto global ya que es necesario en una economía cada vez más especializada y compleja, donde las empresas no pueden operar sin delegar tareas.
La nueva reforma contempla modificaciones a la Ley Federal del Trabajo; Ley del Seguro Social; al Código Fiscal; a la Ley del ISR y la Ley del Infonavit; en 86 páginas los legisladores argumentan que las modificaciones permitirán disminuir la evasión y malas prácticas sobre la subcontratación.
“Se trata de una reforma con varias dimensiones, una laboral que prohíbe la subcontratación como regla general salvo excepciones sustentadas en el principio de especialidad. Se da paso a relaciones laborales que en el mundo existen y que se justifican además de abrir empleo y mejores condiciones de trabajo en función a la especialidad”
-Alfonso Bouzas, coordinador del Observatorio Laboral.
Principales cambios con la reforma laboral que le prohíben el outsourcing
Se prohíbe la subcontratación de personal para formar parte de objeto social de la empresa.
Registro de empresas ante la STPS y padrón público de empresas de subcontratación de servicios y obras especializadas.
Se otorgará un plazo de tres meses para que los patrones reales incorporen a su nómina a los trabajadores subcontratados.
Se regulará la subcontratación de servicios distintos de las actividades esenciales de la empresa contratante.
Si la subcontratista incumple, la empresa será responsable solidaria con el trabajador
El reparto de utilidades será de tres meses de salario o el promedio de lo recibido en los últimos tres años.
También hay cambios de carácter mercantil que limita la substitución patronal imponiendo que sólo será autorizada si se transmite el patrimonio. “Este cambio es fundamental porque ha sido la cobertura jurídica para el traslado de personal para abaratar su costo”.
Otra parte que contiene la reforma son los cambios de carácter fiscal en donde se suprime la deducción integral, que con el fin de evitar el pago de impuestos se lleva a cabo; además está el tema de seguridad social dándole sustento, evitando la evasión y conforme a la experiencia, resolviendo vicios en perjuicio de los trabajadores y de la recaudación de pago de derechos.
Respecto al pago de utilidades, creando un nuevo acuerdo entre los sectores, atendiendo a la nueva realidad del mercado laboral, garantizando la eficacia real de esta prestación y suprimiendo el incentivo al mismo tiempo evitando que exista una reducción de este beneficio.
Otro aspecto que se integró es el administrativo a través de un registro de las empresas autorizadas que justifiquen su carácter especializado; es una forma de control que evitará nuevas formas de evadir las consecuencias del vínculo laboral.
Referencias





Comentarios